En diciembre de 2018 la Audiencia Provincial de Teruel se pronunció a favor de la interpretación literal del articulo 671 LEC en cuanto a la parte concerniente a la vivienda no habitual. Con esa interpretación literal del concepto secundó la posición de muchos tribunales en contra de la interpretacion sistematica de la Dirección General de Notarios y Registradores.
Hechos
Una caja había recurrido la denegación de inscripción por parte de la registradora. La denegación se fundó en resoluciones de la Dirección General de Notarios y registradores (DGRN). Entre otras en la resolución de 12 de mayo de 2016. Que luego la AP de Las Palmas ordenó su revocación, por contener una interpretación errónea del articulo 671 LEC.
En primera instancia
el juez confirmó la interpretación por parte de la registradora apoyándose en la doctrina de la DGRN y en resoluciones judiciales. Sin embargo, estas resoluciones versaban sobre la vivienda habitual y no sobre el asunto en cuestión: la vivienda NO habitual. Que es otra cosa, por si acaso. La sentencia es copia/ pega por parte del juez de las resoluciones y no motiva mucho más.
La Audiencia
a contrario explica que la literalidad del articulo 671 LEC no ofrece duda, que no se puede exigir un límite mínimo que no existe, y que el articulo le ofrece al ejecutante una elección entre pedir la adjudicación por el 50% del valor de tasación o por el valor de todos los conceptos.
Además, la audiencia confirma que la voluntad del legislador ha quedado clara y que no existe laguna legal. Esta voluntad se refleja en la actuación del legislador por modificar la ley, pero pocos meses después de modificarla volver a introducir la opción de «todos los conceptos» en el 671 LEC específicamente para la vivienda no habitual.
Por último, declara que la interpretación que hace la DGRN implicaría no aplicar la ley y que esta «innovación» se reserva al legislador y no a los registradores.
Resumen
Aquí encuentra un resumen de las resoluciones judiciales en cuanto a este asunto: la interpretación de 671 LEC y la extralimitación del registrador (y DGRN) cuando niegan la inscripción de la adjudicación.
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